La presente Orden tiene por objeto adoptar, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria de la COVID-19, la medida especial sanitaria de carácter extraordinario consistente en la realización voluntaria de actividad quirúrgica fuera de la jornada habitual de trabajo con la finalidad de reducir los tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas programadas generados como consecuencia de la suspensión de la actividad quirúrgica programada a los efectos de atender con carácter emergente la asistencia sanitaria motivada por la pandemia de la COVID-19 durante los años 2020, 2021 y primeros meses del 2022.
La participación de los profesionales sanitarios tendrá carácter voluntario y se realizará adicionalmente a la jornada habitual de trabajo.
La aceptación voluntaria de participación en el desarrollo de esta medida supondrá un compromiso de permanencia y disponibilidad que finalizará el 31 de diciembre de 2022.
La realización de las intervenciones quirúrgicas en horario de tarde se abonará en concepto de productividad de conformidad con lo previsto en el artículo 56.4 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario de Castilla y León, sin que sea posible su prorrateo por periodos inferiores a 4 horas y sin que se genere ningún derecho a otro tipo de compensación, y por los siguientes importes máximos:
IMPORTE: Enfermería – 300 €
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