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Modificiación de las bases que regulan la Bolsa de Empleo SACYL

bolsa abierta y permanente

10 Marzo 2021 – Modificación de las bases comunes

ORDEN SAN/248/2021, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden SAN/713/2016, de 29 de julio, por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas.

icono pdf ORDEN SAN/248/2021

Las modificaciones introducidas por medio de la presente orden serán de aplicación, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, tanto respecto a las actualizaciones que se lleven a cabo de las bolsas actualmente en vigor como a la constitución de nuevas bolsas de empleo que se convoquen.


Aunque a continuación os hacemos un pequeño resumen de los principales cambios pero os recomendamos leer la Orden SAN/248/2021 en su totalidad para poder evitar posible confusiones o malas interpretaciones.


Principales cambios

  • En lo relativo a la superación de ejercicios de procesos selectivos, eliminando la limitación de 10 años de vigencia
  • Las modificaciones de áreas, zonas y tipos de llamamientos registrados por los interesados se actualizarán cada tres meses
  • Nuevo procedimiento de actualización de la bolsa de empleo como consecuencia de un nuevo corte
  • Nuevas situaciones de las personas incluidas en las listados de candidatos a la bolsa de empleo (Personal Disponible y personal no disponible). Las renuncias justificadas por situación de cuidado de un familiar hasta el 2º grado no suponen pasar a situación de no disponible.
  • Ante la ausencia de candidatos, en primer lugar se llamara a los aspirantes que estén registrados con posterioridad a la ultima fecha de corte en funcionamiento en función del primer registro efectuado.
  • En cuanto al funcionamiento:
    • Se aclara la situación temporales de interinidad (sólo se podrá ofertar un puesto de equipo a un candidato que se encuentre en una plaza de área por una sola vez)
    • Se incluye mejora en los llamamientos de corta duración (pueden renunciar  a contrato de larga duración o interinidad y quedas disponible para el área preferente)
    • Posibilidad de nombramientos a tiempo parcial a todos los aspirantes aunque no lo hubieran solicitados en caso de urgencia sin penalización en caso de no aceptar.
  • Se incluyen experiencias mínimas en Banco de sangre, Medicina Nuclear y Radioterapia.
  • Se modifica procedimiento de cobertura de los puestos de trabajo de especialidades
  • Para interinidades y contratos de larga duración la llamada telefónica es opcional pudiéndose notificar por otros medios de notificación y se deberá contestar en un plazo máximo de 2 días hábiles
  • Se pueden alegar circunstancias excepcionales debidamente acreditadas y se valorara cada caso concreto cuando un candidato no acepte el nombramiento temporal
  • El permiso de maternidad o paternidad se computara como servicios prestados a efectos de experiencia profesional
  • En caso de estar penalizado y volver a renunciar a otro contrato, el periodo de penalización seguirá vigente el inicial
  • Se consideran justificadas las siguientes renuncias:
    • Otro nombramiento ofertados por la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
    • Encontrarse trabajando en cualquier Administración Pública o empresa privada, puede justificarlo quedando como no disponible hasta manifestar expresamente su voluntad de pasar a disponible en el momento que haya desaparecido la causa que motivo la renuncia ó puede no justificarlo quedando penalizado 6 meses.

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