Modificiación de las bases que regulan la Bolsa de Empleo SACYL
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ORDEN SAN/248/2021, de 2 de marzo, por la que se modifica la Orden SAN/713/2016, de 29 de julio, por la que se regulan las bases comunes para la constitución de bolsas de empleo de personal estatutario temporal de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y se regula el funcionamiento de las mismas.
Las modificaciones introducidas por medio de la presente orden serán de aplicación, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, tanto respecto a las actualizaciones que se lleven a cabo de las bolsas actualmente en vigor como a la constitución de nuevas bolsas de empleo que se convoquen.
Aunque a continuación os hacemos un pequeño resumen de los principales cambios pero os recomendamos leer la Orden SAN/248/2021 en su totalidad para poder evitar posible confusiones o malas interpretaciones.
Principales cambios
- En lo relativo a la superación de ejercicios de procesos selectivos, eliminando la limitación de 10 años de vigencia
- Las modificaciones de áreas, zonas y tipos de llamamientos registrados por los interesados se actualizarán cada tres meses
- Nuevo procedimiento de actualización de la bolsa de empleo como consecuencia de un nuevo corte
- Nuevas situaciones de las personas incluidas en las listados de candidatos a la bolsa de empleo (Personal Disponible y personal no disponible). Las renuncias justificadas por situación de cuidado de un familiar hasta el 2º grado no suponen pasar a situación de no disponible.
- Ante la ausencia de candidatos, en primer lugar se llamara a los aspirantes que estén registrados con posterioridad a la ultima fecha de corte en funcionamiento en función del primer registro efectuado.
- En cuanto al funcionamiento:
- Se aclara la situación temporales de interinidad (sólo se podrá ofertar un puesto de equipo a un candidato que se encuentre en una plaza de área por una sola vez)
- Se incluye mejora en los llamamientos de corta duración (pueden renunciar a contrato de larga duración o interinidad y quedas disponible para el área preferente)
- Posibilidad de nombramientos a tiempo parcial a todos los aspirantes aunque no lo hubieran solicitados en caso de urgencia sin penalización en caso de no aceptar.
- Se incluyen experiencias mínimas en Banco de sangre, Medicina Nuclear y Radioterapia.
- Se modifica procedimiento de cobertura de los puestos de trabajo de especialidades
- Para interinidades y contratos de larga duración la llamada telefónica es opcional pudiéndose notificar por otros medios de notificación y se deberá contestar en un plazo máximo de 2 días hábiles
- Se pueden alegar circunstancias excepcionales debidamente acreditadas y se valorara cada caso concreto cuando un candidato no acepte el nombramiento temporal
- El permiso de maternidad o paternidad se computara como servicios prestados a efectos de experiencia profesional
- En caso de estar penalizado y volver a renunciar a otro contrato, el periodo de penalización seguirá vigente el inicial
- Se consideran justificadas las siguientes renuncias:
- Otro nombramiento ofertados por la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
- Encontrarse trabajando en cualquier Administración Pública o empresa privada, puede justificarlo quedando como no disponible hasta manifestar expresamente su voluntad de pasar a disponible en el momento que haya desaparecido la causa que motivo la renuncia ó puede no justificarlo quedando penalizado 6 meses.