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La Junta pone Salamanca en fase 1

La Junta decreta desde este día 3 de septiembre medidas excepcionales

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León implantará desde el próximo jueves a las 00:00 horas nuevas medidas restrictivas en Salamanca.

Francisco Igea, anuncia que estas normas para intentar frenar e coronavirus suponen una reducción de los aforos, prohibir el consumo en las barras en los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas y reducir el número de personas por mesa tanto en las terrazas como en el interior de los locales.

Se mantienen las medidas sobre el inicio del curso escolar.

El detalle del resto de medidas anunciadas se publicaran mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León.

  • VELATORIOS Y ENTIERROS: Máximo de 10 personas asistentes al aire libre o 10 en espacios cerrados. En el enterramiento, máximo de 15 familiares o allegados además del oficiante.
  • CELEBRACIONES RELIGIOSAS: Máximo de 50 asistentes al aire libre o 25 en espacios cerrados, pero sin superar en ningún caso un tercio del aforo.
  • BARES Y CAFETERÍAS: En el interior sólo será posible el consumo en mesa y sentados. Con un límite de 6 personas por mesa, con obligatoriedad de uso de mascarilla y distancia de seguridad.
  • RESTAURANTES y SOCIEDADES GASTRONÓMICAS: Prohibido el consumo en barra y de pie.
  • TERRAZAS: Para cualquiera de los establecimientos citados, no podrán sentarse más de 6 personas por mesa, con distancia de seguridad. Igualmente prohibido el consumo de pie y obligatorio el uso de mascarilla.
  • CONDICIONES PARA OCUPACIÓN DE ZONAS COMUNES DE HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS: Máximo de diez personas, incluidos los monitores y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
  • OCIO Y CULTURA: Límite máximo de 25 personas en lugares cerrados y de 50 en el caso de actividades al aire libre.
  • ACTIVIDADES E INSTALACIONES DEPORTIVAS: Sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. Para el deporte federado no se aplicará el límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.
  • ASISTENCIA DE PÚBLICO A EVENTOS DEPORTIVOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS: Límite de 25 personas para lugares cerrados y de 50 al aire libre.
  • BIBLIOTECAS, ARCHIVOS, MUSEOS Y SALAS DE EXPOSICIONES, MONUMENTOS Y OTROS EQUIPAMIENTOS CULTURALES: Un máximo de hasta diez personas en las actividades de grupos, incluido el monitor o guía y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.
  • REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE DIRIGIDAS A LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL: Un máximo de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.
  • REUNIONES DE CARÁCTER PRIVADO O FAMILIAR: Un máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
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