HomeHemerotecaComité de las profesiones del sector sanitario y social

Comité de las profesiones del sector sanitario y social

8 Febrero 2019 – Modificacion de la convocatoria y se nombra el comite

Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden SCB/ 93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social.

 ORDEN SCB/104/2019

Orden SCB/105/2019, de 7 de febrero, por la que se nombra Presidente, Vicepresidenta y Vocales del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales.

 ORDEN SCB/105/2019

6 Febrero 2019 – Convocatoria

Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social.

 Orden SCB/93/2019

Artículo 1. Objeto.

Constituye el objeto de esta orden la creación y regulación de la composición y del régimen de funcionamiento del Comité de las profesiones del sector sanitario y social (en adelante el Comité), que será el órgano consultivo y de asesoría de las profesiones del sector sanitario y social en relación con las políticas llevadas a cabo por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Artículo 2. Funciones.

Son funciones del Comité las siguientes:

  1. Asesorar y formular propuestas sobre materias que resulten de especial interés para el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y, en cualquier caso, sobre los proyectos normativos con rango de ley impulsados por este.
  2. Conocer los Planes Integrales que se desarrollen, cuando sean sometidos a su consulta; así como las disposiciones o acuerdos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia que afecten directamente a materias relacionadas con las profesiones del sector sanitario y social.
  3. Informar los proyectos normativos que afecten a principios básicos de la política de recursos humanos y que afecten a las profesiones del sector sanitario y social, así como otras materias que les pueda atribuir la persona titular del Departamento.
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