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Carrera Profesional Sacyl 2021.- Convocatoria
carrera profesional

viñeta flecha roja 13 Enero 2022 – Convocatoria Año 2021

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2021, del Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud, por la que se convoca proceso ordinario y se abre el plazo para la presentación de solicitudes de acceso a Grado I, Grado II, Grado III y Grado IV de Carrera Profesional correspondiente al año 2021, previsto en el Decreto 43/2009, de 2 de julio, por el que se regula la Carrera Profesional del personal estatutario de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León.

 Convocatoria
icono internet explorer Acceso a la solicitud (OCAP)

Plazo de presentación: 20 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución. (hasta 10 de Febrero de 2022)

Normativa Decreto 43/2009 articulo 6.2.c.

Acreditar el número de años de ejercicio profesional, a fecha de cada convocatoria, como personal estatutario en centros e instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud establecidos en cada una de las modalidades de carrera para obtener el primer
grado, así como los establecidos para acceder a los grados superiores, de acuerdo con la siguiente escala:

i. Para obtener el grado I será necesario acreditar 5 años de ejercicio profesional como personal estatutario en el Sistema Nacional de Salud, en la misma categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la modalidad correspondiente de carrera profesional.
ii. La evaluación para acceder al grado II podrá solicitarse transcurridos 5 años desde la precedente evaluación positiva, tomándose como fecha de inicio del cómputo del plazo, la de la resolución de reconocimiento correspondiente.
iii. La evaluación para acceder al grado III podrá solicitarse transcurridos 6 años desde la precedente evaluación positiva, tomándose como fecha de inicio del cómputo del plazo, la de la resolución de reconocimiento correspondiente.
iv. La evaluación para acceder al grado IV podrá solicitarse transcurridos 7 años desde la precedente evaluación positiva, tomándose como fecha de inicio del cómputo del plazo, la de la resolución de reconocimiento correspondiente.

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