ORDEN PRE/970/2020, de 24 de septiembre, por la que se delega la competencia para dictar los actos administrativos de gestión del llamamiento de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Enfermero/a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, según el proceso selectivo convocado por Orden PRE/204/2020, de 18 de febrero.
ORDEN PRE/314/2020, de 12 de marzo, por la que se delega la competencia para dictar los actos administrativos de constitución y ordenación de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Enfermero/a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos, según el proceso selectivo convocado por Orden PRE/204/2020, de 18 de febrero.
ORDEN PRE/204/2020, de 18 de febrero, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Enfermero/a de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.
SOLICITUD: Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán acceder a la APLICACIÓN INFORMÁTICA y formalizar la INSCRIPCIÓN, realizar la AUTOBAREMACIÓN de méritos y elegir la ZONA o zonas en las que desearía trabajar.
Inscripción: es la manifestación de voluntad de formar parte de la bolsa de empleo, los aspirantes deberán consignar obligatoriamente los datos personales y los relativos al cumplimiento de los requisitos de acceso, con especial atención a las titulaciones académicas requeridas. Además, los aspirantes deberán dejar constancia del conocimiento de idiomas, o de estar en posesión de otras titulaciones de nivel igual o superior a la requerida para el acceso a la bolsa o de cualquier otra cualificación profesional, tales como la formación no reglada, los carnés, etc., por si éstos resultasen requisito para la ocupación de algún puesto de trabajo. En la solicitud de inclusión en esta bolsa de empleo de personal laboral temporal se deberá indicar si opta a contratos a jornada completa, a media jornada o superior, a menos de media jornada, a todas las modalidades de jornada citadas o solo a algunas de ellas.
Autobaremación de méritos: Los aspirantes cumplimentarán el formulario correspondiente y alegarán inexcusablemente los méritos que poseen y de los que pretenden valerse, conforme al baremo de méritos que se recoge en el Anexo I y procederán a su autobaremación.
Elección de zona o zonas: Los aspirantes podrán elegir la zona o zonas en las que desean ser llamados para acceder a un empleo temporal, debiendo elegir, al menos, una zona. La no elección de zona implicará la exclusión de la relación de integrantes de la bolsa. La aplicación informática facilitará información a los aspirantes acerca de qué localidades comprende cada una de las zonas.
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN: A través de la Aplicación Informática habilitada al efecto.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOCyL.
FECHA DE CORTE:Formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 31 de marzo de 2020 o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.
COLEGIO PROFESIONAL DE DIPLOMADOS EN ENFERMERÍA DE SALAMANCA utiliza cookies técnicas, de personalización, análisis y publicitarias, propias y de terceros, que tratan datos de conexión y/o del dispositivo, así como hábitos de navegación para fines estadísticos y publicitarios.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.