31 Octubre 2024.- Listado provisional de admitidos y excluidos
RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por la que se aprueba el listado provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal del personal estatuario del Servicio de Salud de Castilla y León, convocado mediante Resolución de 14 de agosto de 2024
RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2024, de la Directora Gerente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por la que se convoca proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Podrá presentar solicitud el personal estatutario, el personal funcionario sanitario y el personal directivo que preste servicios en la Gerencia Regional de Salud que se encuentren en situación de servicio activo o en cualquier otra que implique reserva de plaza o de puesto de trabajo
Requisitos
⇒ Encontrarse en situación de servicio activo o en cualquier otra que implique reserva de plaza o de puesto de trabajo en la categoría profesional para la que se solicita el reconocimiento de la carrera profesional, entre el 1 de enero de 2024 y el fin del plazo de presentación de la solicitud (23 septiembre 2024)
⇒ Acreditar, en la categoría profesional, cuerpo o escala en la que se solicita el reconocimiento de uno de los grados de carrera profesional convocados en esta Resolución, la siguiente antigüedad reconocida por el Servicio de Salud de Castilla y León a 31 de diciembre de 2023:
GRADO I. una antigüedad mínima ponderada de 5 años para el acceso al grado I de carrera profesional.
GRADO II. una antigüedad mínima ponderada de 15 años para el acceso al grado II de carrera profesional:
GRADO III. una antigüedad mínima ponderada de 20 años para el acceso al grado III de carrera profesional.
A los efectos de considerar acreditada la antigüedad necesaria, a los servicios prestados en diferentes grupos o subgrupos profesionales se les aplicará un coeficiente de ponderación del 100 % para los servicios prestados en el mismo grupo o subgrupo para el que se solicita la carrera profesional al amparo de la convocatoria extraordinaria, del 70 % a los servicios prestados en un grupo o subgrupo inmediatamente inferior o superior y del 50 % en el resto de los casos
⇒ No tener reconocido a fecha 31 de diciembre de 2023 el grado de carrera profesional cuyo acceso extraordinario se solicita.
⇒ Presentar la solicitud conforme a lo dispuesto en esta Resolución. En la solicitud se realizará declaración responsable
⇒ Presentación telemática o presentación presencial (oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León)
⇒ El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 26 de agosto de 2024 hasta el día 23 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
Efectos económicos desde 1 enero 2024
Enlaces importantes
Seguir el orden de los pasos 1 y 2 tal y como viene reflejado en el manual (recomendable leerlo).
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 26 de agosto de 2024 hasta el día 23 de septiembre de 2024, ambos incluidos.
Carrera profesional horizontal del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Con la finalidad de equiparar la progresión en la carrera profesional horizontal del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León respecto de la establecida para el personal funcionario y laboral en la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León procederá a efectuar, por una sola vez y en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, una convocatoria extraordinaria de acceso a los grados I, II y III de carrera profesional, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
a) el personal que acredite una antigüedad mínima ponderada de 5 años a 31 de diciembre de 2023 y no tenga reconocido el grado I de carrera profesional a dicha fecha, tendrá derecho a su reconocimiento con devengo y efectos económicos desde el 1 de enero de 2024.
b) el personal que acredite una antigüedad mínima ponderada de 15 años a 31 dediciembre de 2023 y no tenga reconocido el grado II de carrera profesional a dicha fecha, tendrá derecho a su reconocimiento con devengo y efectos económicos desde el 1 de enero de 2024.
c) el personal que acredite una antigüedad mínima ponderada de 20 años a 31 dediciembre de 2023 y no tenga reconocido el grado III de carrera profesional a dicha fecha, tendrá derecho a su reconocimiento con devengo y efectos económicos desde el 1 de enero de 2024.
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